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viernes, octubre 11, 2024

Misiones ya tiene su nuevo Procurador

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Carlos Jorge Giménez asumió como el garantizador de acceso a la Justicia al promover la defensa de los ciudadanos. Viene para cubrir el cargo que dejara vacante Miguel Ángel Piñero

Luego de cumplir los trámites de rigor el pasado 5 de septiembre donde el Poder Legislativo misionero aprobara los pliegos propuestos por el Gobernador, el Poder Judicial puso en funciones al nuevo Procurador General de la Provincia, Carlos Jorge Giménez, en la ceremonia de toma de juramento.

Así, el hall de entrada del Edificio de Tribunales de Posadas fue el escenario para el acto este lunes 23, que dio inicio a las 11, con gran convocatoria de personal judicial; autoridades de organismos provinciales y nacionales e invitados especiales.

El Poder Judicial tiene tres patas fundamentales: por un lado están los jueces, funcionarios y agentes judiciales; por el otro, los Ministerios Públicos de Fiscalía y de la Defensa. Y finalmente el ministerio público el ministerio público del Procurador.

En Misiones este Ministerio Público es un órgano dependiente del Superior Tribunal de Justicia misionero, que está a cargo del Procurador General, propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Representantes provincial.

Al Ministerio Público lo componen, además del Procurador General, Fiscales y Defensores de las distintas instancias y fueros judiciales, según lo establecido en el artículo 2 de la Carta Orgánica del Poder Judicial Provincial – Ley IV – Nº 15 (ex 1550). 

Giménez ingresó al Poder Judicial en 2011, como secretario de Juzgado. En 2019, mientras postulaba para su actual cargo, describió así su trayectoria: “Soy Abogado, desde el año 2010, (además) Escribano. En 2011 ingresé al Poder Judicial como Secretario del Juzgado de Instrucción 2. En el 2014 me postulé al concurso ya que se había abierto una vacante en el Juzgado de Instrucción 7 en el cual ejerzo la magistratura desde el año 2014. En 2019 llego al cargo como juez del Tribunal Penal 2. Así que los cursos de capacitación, posgrado y demás fueron todos en el ámbito de la magistratura”.

La titular del Superior Tribunal de Justicia, Rosana Pía Venchiarutti Sartori fue acompañada por sus pares los ministros: Cristian Marcelo Benítez, Roberto Rubén Uset, Juan Manuel Díaz, Ramona Beatriz Velázquez, Jorge Antonio Rojas y Cristina Irene Leiva.

Junto a la Presidente estuvieron presentes autoridades del Poder Ejecutivo Provincial: Hugo Passalacqua, gobernador de la provincia de Misiones y Oscar Herrera Ahuad, presidente de la Cámara de Representantes.

Víctor Hugo Marinoni, secretario general administrativo, procedió a la lectura del decreto de designación y la presidente del Superior Tribunal de Justicia tomó juramento a Giménez quien lo hizo por Dios, la Patria y los Santos Evangelios. Además Giménez exclamó “Por mi honor, por mis padres, por mi familia, por el amor de mis hijos y por respeto al pueblo misionero… sí juro”.

De esta manera, el acta fue firmada por las autoridades y el público que así lo quiso al finalizar la ceremonia.

La titular del Superior Tribunal hizo alusión al conmovedor evento con palabras en las que destacó la carrera del “joven Procurador” desde sus inicios y recordó un momento en el que ante una situación de desventaja de un vulnerable él dijo: “Yo sigo hasta acá doctora, no puedo seguir” a lo que la magistrada lo instó: “tomémonos un tiempo, lo charlamos”, le expliqué que no era la solución, debíamos buscar una salida menos dolorosa. Sin embargo me quedó esa primera impresión que uno se puede endurecer hasta el fin pero sin perder la ternura jamás”

“El doctor Giménez pasó a formar parte de la familia judicial y aquí me voy a detener porque uno es esclavo de lo que proclama y de lo que pregona. Hemos logrado una hermosa ley, que es del lenguaje claro y si señores lenguaje claro, estamos hablando de Carlín”.

El flamante funcionario acompañado de su esposa e hijos

Continuó con un trato afectuoso: “A partir de ahora yo quiero hablarle a Carlín, al colega, con quien después de eso compartimos muchas cosas, muchas luchas, muchos encuentros, capacitaciones, estudiamos y festejamos porque de eso se trata también la vida de ser un servidor de la Justicia”.
 
“Tiempo después llega esta designación, que a todos nos llena de alegría porque estamos ante un hijo de la democracia y este es un actor de un estado de derecho”. 

Para finalizar, la Presidente citó a Bertolt Brecht diciendo: “Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay hombres que luchan una semana y son mejores. Pero están los que luchan toda una vida, esos son los imprescindibles”.

En nombre del Poder Judicial y del pueblo misionero te pedimos: luchá, volvete imprescindible. Y para cuando esto suceda y haya tiempos oscuros y duros, para ese momento, aquí estamos con ternura, que es nuestra única bandera. Muchas gracias.”

El acto contó con la presencia, además, de ministros y subsecretarios del Poder Ejecutivo de Misiones; magistrados y funcionarios de la Justicia Federal y Provincial; intendentes de los distintos municipios de la Provincia; representantes de la Asociación de Magistrados y Funcionarios; Colegio de Abogados; representantes de Entes Descentralizados; diputados y secretarios del Poder Legislativo; autoridades de las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la provincia de Misiones; miembros del Consejo de la Magistratura misionera; autoridades de las universidades; agentes del Poder Judicial; representantes del Gremio judicial; familiares; amigos e invitados especiales.

Funciones y desafíos

La Procuración se enfrenta al desafío de adaptarse a las nuevas tecnologías y a las demandas de una sociedad en constante cambio. La implementación de herramientas digitales para facilitar la comunicación con los ciudadanos, así como la promoción de la transparencia en sus acciones, son aspectos clave que contribuyen a fortalecer la relación entre la justicia y la comunidad.


El Procurador tiene a su cargo las siguientes funciones, establecidas según la Carta Orgánica Provincial:

  • interviene en todas las acciones y recursos de inconstitucionalidad llevados a conocimiento del Superior Tribunal de Justicia;
  • dictamina en los conflictos de competencia que se susciten entre los Poderes Públicos de la Provincia de los que debe conocer dicho Tribunal;
  • es parte legítima en las causas en que por las leyes en vigencia deba intervenir el Ministerio Público, cuando dichas causas lleguen a conocimiento del Superior Tribunal;
  • dictamina en las cuestiones que corresponda resolver a dicho Tribunal por vía de superintendencia;
  • controla el estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas por los códigos de procedimiento, referidas a los plazos para la terminación de causas judiciales, pidiendo pronto despacho a los Jueces o Cámaras de Apelaciones o Tribunales Penales en cualquier clase de asunto, por sí o por intermedio de los demás miembros del Ministerio Público y deduciendo con facultades amplias y sin limitación, los recursos y quejas tendientes a obtener una rápida administración de justicia, cuando se ha vencido el término que la ley procesal fija para dictar sentencia definitiva o interlocutoria;
  • deducir de oficio o por denuncia de parte interesada ante quien corresponda, la acción contra el juez negligente;
  • expide las instrucciones y evacua las consultas que le formulen los miembros del Ministerio Público dentro de las normas generales que dicte el Superior Tribunal de Justicia;
  • coordina con el Superior Tribunal de Justicia las cuestiones de superintendencia que conjuntamente interesan al Poder Judicial y al Ministerio Público;
  • asistir cuando sea convocado, con voz y sin voto, a los acuerdos sobre cuestiones de superintendencia del Superior Tribunal de Justicia pudiendo proponer las medidas que crea adecuada;
  • denunciar y/o acusar, según corresponda, ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, a quienes estuviesen sujetos a su Jurisdicción, conforme al Artículo 158 de la Constitución Provincial, teniendo a tal fin amplias facultades de investigación.
  • ejercer las demás funciones que le confieran la Constitución, los códigos y leyes especiales y velar por su cumplimiento
  • evacuar las vistas que le confiera el Presidente o el Superior Tribunal.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 58 de la Ley XIV – N° 3 (Antes Ley 2677), el Procurador General podrá, por resolución fundada, designar al Fiscal o Fiscales que actuarán como adjuntos del Fiscal interviniente en causas criminales.

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