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martes, abril 23, 2024

Quiere saber quiénes son sus padres: su historia inspiró la ley de identidad biológica

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Mariela Irala Roi, es de Posadas, tiene 35 años y con cierta zozobra cuenta sobre el largo camino que viene recorriendo para encontrar sus raíces “soy una ciudadana misionera que en estos momentos está en búsqueda de su identidad biológica o de origen”, cuenta a Canal 12.
En argentina hay 3 millones de personas que no conocen su identidad biológica, es por esto, que Mariela y miles de personas celebran que Misiones aprobó la Ley de Identidad Biológica y de Origen, para garantizar el acceso a este derecho, que tiene que ver nada más y nada menos con la búsqueda de la verdad.

En Argentina 3 millones de personas no cOnoCEn su identidad biológica

La diputada Rita Núñez, responsable del proyecto, es contundente en la intención de propulsar esta ley, “el derecho a la identidad debe ser protegido como uno de los derechos humanos fundamentales” y agrega “es un bien personal que merece ser protegido. Es la articulación del derecho a la libertad, al respeto a la integridad física, psíquica y moral, a la seguridad personal, a tener un nombre, a la protección de la familia y al derecho a la verdad. La identidad está intrínsecamente vinculado con la dignidad de la persona”, fundamenta.

A partir de esta legislación, recientemente aprobada en la tierra colorada, se busca generar una herramienta de búsqueda para todas aquellas personas que tengan dudas sobre su origen biológico. La ley, crea el Registro Único de Búsqueda Familiar e Identidad Biológica; garantiza el acceso gratuito a la información, e insta a reservar los registros de nacimientos por el término de cien años.

los registros de nacimiento se preservarán por 100 años

“Los hospitales, sanatorios y todo establecimiento médico asistencial público o privado, deberán preservar los registros de los nacimientos y de los partos que se hubieran producido en la institución, poniéndolos siempre a disposición del nacido o de sus presuntos padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos, que así lo requieran. Dichos registros deberán ser conservados por el término de cien años, de los cuales los primeros veinte años deberán permanecer archivados en el nosocomio y luego deberán ser remitidos para su archivo al Ministerio de Salud Pública”, expresa la ley.

Buscar la verdad y superar el techo

Mariela Irala es una de las tantas personas con identidad suprimida, que busca conocer la verdad. Según su relato siempre supo que fue adoptada, aunque con información sesgada; “Yo en mi búsqueda llegué a un techo, y tener una ley permitiría a las personas que están buscando su identidad, contar con la contención del Estado”, dice. En su recorrido, que inició por páginas de Facebook de gente que busca gente, se encontró con innumerables personas que están en situaciones similares, buscando a sus madres biológicas o a sus hijos.
Recorrió centros de salud, y admite no haber dado con información relevante sobre su origen, pero sí con irregularidades de registros, lo que le imposibilita -por el momento- continuar en el proceso de reconstrucción de sus orígenes, pero no se da por vencida y destaca que Misiones haya legislado al respecto.

“Hay un punto fundamental en esta ley, que la hace superadora, que es que contamos con el banco provincial de datos genéticos, lo que va a permitir si el caso lo amerita poder hacer una muestra de ADN, a las personas que buscan su identidad tanto como a las madres que están buscando a estos hijos”.

misiones cuenta con el ÚNICO instituto de genética humana del país

La provincia cuenta con el único Instituto de Genética Humana (IGeHM) del país, que si bien ya realiza estudios de ADN, hasta el momento sólo tomaba casos judicializados; a partir de esta nueva medida cualquier persona que tenga dudas sobre su origen biológico puede acudir al ente de aplicación que será el Ministerio de Derechos Humanos y éste arbitrará si el caso requiere un análisis de ácido desoxirribonucleico, —-material que contiene la información hereditaria en los humanos-.

La Ley expresa la gratuidad tanto en el acceso a la información, como en la realización del examen de compatibilidad de ADN en aquellos casos que sea necesario.

La Ley, además crea un espacio de fomento y protección del derecho a la identidad, destinado a brindar asistencia y contención a las víctimas de sustitución o pérdida de identidad; el mismo estará conformado por un equipo interdisciplinario integrado por psicólogos, abogados y trabajadores sociales con conocimiento en la temática; y articulará su accionar con el Ministerio de Salud, la defensoría del Niño, Niña y Adolescente, y el Poder Judicial.

Asimismo, la legislación promueve la articulación, con los organismos públicos competentes y las asociaciones civiles, para la búsqueda de hijos e hijas de desaparecidos y de personas nacidas durante el cautiverio de sus madres durante el proceso militar, de marzo 1976 a diciembre 1983. En esta línea, la diputada Núñez consideró que “Siempre hablamos de supresión de identidad en la época de la dictadura, pero desgraciadamente este flagelo no ocurrió sólo en ese momento, sino siempre y en todo el país porque hay mujeres que por estar vulneradas socialmente recurren a la entrega de niños, lo que repercute en la identidad de estos”.

Conocer la identidad es un derecho

Las personas que tengan dudas acerca de sus orígenes, entonces, podrán solicitar información a través del Espacio de Fomento y Protección del Derecho a la Identidad, mediante una petición por escrito, aportando datos como nombre y apellido, DNI, fecha y lugar de nacimiento, entre otros, que tendrán efecto de Declaración Jurada y serán reservados con carácter de confidencial. Asimismo, será importante el aporte de datos que oriente la búsqueda, localización y entrega de información.

la ley crea el espacio de fomento y protección de la identidad


Respecto de las personas menores de edad, la ley expresa que deberán efectuar la solicitud de información a través de sus representantes legales o el Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia con expresa conformidad del menor, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a, conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y demás normativas.

En este sentido, la diputada Núñez, explica que “sobre la base del principio de autonomía progresiva ya no existe una edad determinada, que en el código anterior ya derogado era de 18 años”. Lo que quiere decir que para acceder al expediente de adopción, por ejemplo, actualmente se tendrá en cuenta la edad y grado de madurez de cada persona.

“El secreto en la adopción que en épocas pasadas era habitual, buscaba proteger al niño bajo la convicción de que decir la verdad no redundaba en un beneficio sino en un daño que se trataba de evitar, porque se creía que dar a conocer los orígenes implicaba ponerlo en una situación de conflicto, de aflicción. El secreto no solo se daba al interior de la familia sino también hacia terceros. La exaltación del vínculo biológico por sobre el adoptivo puede ser otra explicación para el ocultamiento en tanto la adopción era la opción “de segunda” para cuando no se lograban los hijos de forma “natural”, entonces agrega Núñez, “debemos puntualizar que el ocultamiento de la verdad acerca del origen constituye una catástrofe psíquica que quebranta la rama generacional en la que el niño se apoya, lo que le impone una excesiva sobrecarga mental para metabolizar todo este trauma. A consecuencia de esta situación surgen en estos sujetos las dudas, enfermedades, desconciertos y cambios repentinos de ánimo con sentimientos profundos de tristeza. Esto no solo afecta al niño sino también a las siguientes generaciones. Es un vínculo ilegítimo y desestructurante para el psiquismo que se apoya en el silencio y la mentira. Se falsean fechas, edades, lugar de nacimiento y los testigos del mismo. Estos sujetos, aún los que son bien tratados por sus familias de crianza, viven en una esclavitud, ya que, para sobrevivir psíquicamente, fueron obligados a interpretar como verdadera una realidad que no lo es y a identificarse con figuras parentales que no lo son” concluye Núñez.

Por esto, la ley busca también generar políticas públicas tendientes a concientizar a la ciudadanía a cerca del derecho a la identidad y sus alcances; así como crear conciencia social acerca de la importancia de la adopción de niñas, niños y adolescentes, con el firme objetivo de desalentar todas las acciones ilícitas que derivan en la sustitución de identidad.

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